Política de Cohesión
La Política de Cohesión del periodo 2014-2020 deberá orientarse a resultados con mayor intensidad que en períodos anteriores, con el fin de contribuir de manera visible a los objetivos de la Estrategia Europa 2020. Así, la regulación de los Fondos pone mayor énfasis en el diseño de los programas, en cuanto a los resultados a lograr, así como en las actividades de evaluación a nivel nacional y regional. La finalidad es poder medir y conocer los resultados de los programas y su contribución a los objetivos de la Unión.
Seguimiento y Evaluación de los programas
Seguimiento de los programas Los  Estados  miembros  deberán  hacer  un  seguimiento  de  los  programas  de  la  Política  de  Cohesión  con  el  fin  de  examinar  la  ejecución  y  los  avances  en  la  consecución  de  sus  objetivos. Para ello, se constituirán comités de seguimiento y se definirá su composición y sus funciones en relación con los Fondos.
Los  reglamentos  establecen  la  obligación  de  llevar  a  cabo  evaluaciones  de  eficacia,  eficiencia  e  impacto  de  la  ayuda  de  los  Fondos  del  MEC,  con  el  objetivo  de  mejorar  la  calidad  en  la  ejecución  y  el  diseño  de  los  programas,  y  determinar  los  efectos  de  los  mismos  en  relación  con  las  metas  de  la  estrategia  de  la  Unión  para  un  crecimiento  inteligente, sostenible e integrador.
Con el fin de mejorar la calidad y el diseño de cada programa y de verificar la viabilidad de sus  objetivos  y  metas,  debe  efectuarse  una  evaluación  ex  ante  de  los  mismos,  que  se  remitirá a la Comisión junto con el programa operativo.
La  autoridad  responsable  de  la  preparación  del  programa  ha  de  diseñar  un  plan  de  evaluación. Durante el período de programación, las autoridades de gestión deben realizar evaluaciones   para   estimar   la   eficacia   y   el   impacto   del   programa.   Para   facilitar   las   decisiones  de  gestión,  debe  informarse  al  comité  de  seguimiento  y  a  la  Comisión  de  los  resultados de las evaluaciones.
Asimismo, se realizarán evaluaciones ex post de los programas, para estimar la eficacia y la eficiencia de los Fondos y su impacto en relación con los objetivos globales de los propios Fondos  y  de  la  estrategia  de  la  Unión  para  un  crecimiento  inteligente,  sostenible  e  integrador. Dichas evaluaciones serán llevadas a cabo por la Comisión europea.
El  sistema  de  indicadores  será  una  pieza  clave  del  sistema  de  seguimiento  y  evaluación  para  el  período  2014-2020.  El  sistema  de  indicadores  deberá  incluir  los  indicadores  comunes (definidos por la Comisión y recogidos en los reglamentos) así como indicadores específicos de programa. Todos estos indicadores, en función de su naturaleza, se pueden clasificar en: indicadores de realización e indicadores de resultado. Una selección de estos indicadores  configurará  el  Marco  de  Rendimiento  que  debe  definirse  en  cada  uno  de  los  programas con la finalidad de facilitar el seguimiento de los mismos.